Santo Domingo. El Ministerio de Trabajo anunció las fechas correspondientes a los días feriados durante el año 2022, dando cumplimiento a la Ley 139-97, la cual establece el traslado de los días feriados.
La Ley 139-97, del 19 del de junio del 1997, sobre traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes, fue publicada en la Gaceta Oficial 9957, de fecha 25 de junio de 1997, y entró en vigor el 27 del mismo mes y año, por lo que, de conformidad con lo establecido por la legislación, debe ser aplicada en todos los establecimientos del país.
Según el Ministerio de Trabajo, el sábado primero de enero, fecha de celebración del Año Nuevo, no se cambia.
El jueves seis de enero, día de los Santos Reyes, se trabaja y se cambia para el lunes 10 de enero.
El viernes 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia.
El miércoles 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, se trabaja y se cambia para el lunes 24 de enero.
En tanto, el domingo 27 de febrero, Día de la Independencia Nacional es inamovible.
También es inamovible, el viernes 15 de abril, Viernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo.
Asimismo, el domingo primero de mayo, Día del Trabajo, su carácter no laborable, se cambia para el lunes dos de mayo.
El jueves 16 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.
De igual forma, el martes 16 de agosto, Día de la Restauración de la República, en atención al artículo 35 de la Constitución y a la Sentencia No. 14 del 20/02/2008 de la Suprema Corte de Justicia, no se cambia.
El sábado 24 de septiembre, Día de las Mercedes y el domingo seis de noviembre, día de la Constitución, serán celebrados en sus fechas correspondientes.
El domingo 25 de diciembre, Día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.
El Ministerio de Trabajo informó que esta información completa de los días feriados corresponde al año 2022.AL
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