Santo Domingo.- La V sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) ordenó al Ministerio de Educación disponer y garantizar la enseñanza de la Constitución, el medio ambiente y educación vial en las escuelas públicas y colegios privados del país.
El mandato que contiene la sentencia número 0030-1643-2024-SSEN-00573, es extensivo a los centros educativos técnicos y universidades del país, en cumplimiento a los artículos 63.13 de la Constitución, 271.1 de la Ley 63-17, el 57 de la Ley 64-00 y la Ley 94-20, acogiendo una acción de amparo de cumplimiento interpuesta por el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD).
El presidente del CARD, Trajano Vidal Potentini, calificó de transcendental la sentencia para la institucionalidad democrática de República Dominicana, que torna compulsivo la obediencia del mandato constitucional, que dispone enseñanza de la Carta Magna en las escuelas.
La disposición había constituido en uno de los mandatos sin cumplir de la Carta Magna aprobada el 26 de enero de 2010, pese a los persistentes reclamos del Tribunal Constitucional y entidades de la sociedad civil para que se acate la disposición.
Vidal Potentini, recordó que el mandato del artículo 63, numeral 13 de la Constitución, referente al derecho a la Educación, dice “con la finalidad de formar ciudadanas y ciudadanos conscientes de sus derechos y deberes, en todas las instituciones de educación pública y privada, serán obligatorias la instrucción en la formación social y cívica, la enseñanza de la Constitución, de los derechos y garantías fundamentales, de los valores patrios y de los principios de convivencia pacífica”.
Sostuvo que en esa dirección, se encuentran las disposiciones relativas al tránsito terrestre y el medio ambiente.
Expresó que aparte de que por una ausencia de educación en materia vial, República Dominicana es uno de países con mayores tasas de accidente viales, pero también con mayores tasas de depredación en los bosques, por falta de formación en esas materias.
“Esperamos que el Ministerio de Educación, pese a contar por mandato expreso de la sentencia, con un año como fecha límite, para disponer todo lo necesario para concretar las referidas obligaciones, inicie sin dilación alguna los preparativos tendentes a cumplir la sentencia”, manifestó.
La sentencia también pone a cargo del Colegio de Abogados, diligenciar y gestionar, frente al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) y Procuraduría General de la República, lo referente a la educación vial, así como dar seguimiento frente a otras instituciones para velar por el fiel cumplimiento de la sentencia.
El CARD lamentó que la sentencia no hiciera mandatorio la incorporación de los abogados como destinatarios naturales de las enseñanzas de la Constitución, del medio ambiente y de educación vial en los centros educativos del país, en cuya virtud anuncia, que la lucha continuará ante el mismo TSA, ahora con un amparo ordinario, para garantizar y hacer efectivo el reconocimiento de los derechos fundamentales de los abogados a la igualdad al trabajo y la no discriminación, como pasa en la actualidad en el Ministerio de Educación, con trabas e impedimentos, que “nos ubican como los únicos profesionales que no podemos participar en concurso de oposición para impartir docencia en las escuelas”.AL
0 comentarios:
Publicar un comentario